Los daños ambientales de la deforestación son muchos, pero claramente la pérdida de biodiversidad, el carbono almacenado que se libera, y la reducción en la evapotranspiración de los bosques pueden ser los factores críticos que aún no se han determinado con suficiencia, ni han sido incorporados al Código Penal en la aplicación de la ley de delitos ambientales. Esta semana, una noticia proveniente de Brasil, cambiaba el panorama jurídico del tratamiento a la deforestación, pues un gran perpetrador había sido condenado a una millonaria multa, luego de cuantificarse el valor del carbono perdido y emitido, usando las tasas de pago que percibe el país por la reducción de emisiones en el mercado regulado entre gobiernos.
No sé si el valor de la multa incluyó también el de la restauración de los bosques perdidos, calculando los años de recuperación que requiere un bosque tropical para llegar a su madurez, incluyendo la diversidad de especies que este alberga. Tampoco el efecto que tuvo el área deforestada en la fragmentación de los bosques allí, y por ende en la “resistencia” a la conectividad ecológica que esto genera para las especies y flujos genéticos. El potencial de uso antrópico de las especies de fauna y flora de cada sitio deforestado, ya sea para alimentación, vivienda, energía, medicinas, es aún un espacio donde la ciencia tiene una deuda con la reglamentación de estos impactos. ¿Qué decir de los suelos, que pierden la capa orgánica superficial de la cual depende su fertilidad? ¿Qué decir de la compactación que se da una vez entra el ganado, y de la erosión superficial cuando llegan las lluvias y consecuente sedimentación de cuerpos de agua? ¿Cuánto vale la recuperación de suelos degradados, con pérdida de fertilidad, además de compactados y erosionados? ¿Cuánto tiempo llevará la recuperación de estos suelos?
Esta semana tuve la maravillosa oportunidad de filmar el fenómeno de la evapotranspiración en los bosques amazónicos, recién despuntando el alba. En pleno pico de invierno, los suelos están entrapados de agua que ha caído profusamente, así como la capa de materia orgánica que hay sobre ellos, derivada de la caída de hojas del bosque, la cual actúa como una enorme esponja. Tan pronto amanece y sale el sol, la temperatura sube y se activa el proceso de transpiración de la vegetación, y de evaporación del agua retenida en suelo y capa orgánica. Miles de millones de litros de agua en forma de vapor regresan a la atmósfera, gracias a esta relación suelo-bosque, en donde cada árbol, alimenta hasta 1000 litros de agua por día al ciclo del agua, en lo que conocemos como “ríos voladores”. Este flujo de agua, alimentado por esa función de bosque, que succiona (funciona como bomba de succión y dispersión) y luego devuelve el agua en forma de vapor, llega a los Andes y posteriormente hasta el norte y sur del continente, como lo han mostrado los modelos de dispersión de agua de los centros de investigación climática mundial.
Sin embargo, había un cambio dramático en esta función cuando se pierde el bosque y es deforestado. De repente, en la mitad del bosque se ven parches de potreros, de los cuales no sale de forma visible el volumen de vapor de agua que hay en su perímetro boscoso. ¿Cuánta agua deja de llegar a la atmósfera por la ausencia de los árboles que allí transpiraban? ¿Cuánta agua deja de ser retenida en el suelo producto de la esponja de materia orgánica superficial que fue quemada? ¿Cuánta agua se deja de infiltrar en el suelo por efecto de la compactación? ¿Cuánto vale cada litro de agua que se pierde en este ciclo, como bien público superior? Ni qué hablar de los efectos en salud, donde más de 8 grados de diferencia hay entre las zonas bajo el bosque y las de plena exposición; en estos años, donde el pico máximo de calor histórico se ha presentado, el estrés calórico ha disparado toda suerte de patologías en la población local, con diferentes niveles de comorbilidades previas.
Entonces, las cuentas de los bosques públicos que reducen los ingresos públicos por emisiones de carbono a la atmósfera, sumados al valor del agua que deja de llegar a las zonas de captación, y de los costos de restauración de suelos y bosques, conectividad de fragmentos, y recuperación de cuerpos de agua sedimentados, son la tarea a la cual debemos avocarnos. Ese pasivo ambiental, tiene un costo, muy alto que no puede seguir pagando la sociedad colombiana; debe ser asumido por quienes, en su interés particular, realizan grandes procesos de deforestación y apropiación de tierras públicas, cambiando su uso de manera irreversible, y afectando los servicios ecosistémicos de los cuales dependemos todos los colombianos de manera directa. El detrimento del patrimonio público ambiental, debe ser medido de manera precisa por la Contraloría General de la Nación, y cuantificado económicamente, y debe ser una herramienta en la penalización económica del daño realizado por grandes deforestadores. El país está perdiendo este patrimonio, además de percibir pérdidas económicas inmediatas, y un pasivo ambiental y social de largo alcance. No es menor la tarea, y hay que dar las señales adecuadas a quienes han realizado este daño al interés general, y actualizar la política en materia de cuantificación de daños ambientales en el país. Para pinchar el globo especulativo de la apropiación de tierras, se requiere una herramienta económica que desincentive a los inversionistas de “alto riesgo”. ¿Qué opinan estimados magistrados?